Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP

Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar

Fecha de publicación: 27 jul. 2016Actualizado al 24 oct. 2026Ver en el SPIJ

Título IDisposiciones Generales

Artículo 1.– Objeto del Reglamento

Artículo 2.– De las Autoridades Investidas por Mandato Constitucional

Artículo 3.– De los Sujetos de Protección de la Ley

Artículo 4.– Definiciones

Artículo 5.– Atención Especializada en Casos de Violencia

Título IIProceso Especial

Capítulo IAspectos Generales del Proceso

Subcapítulo IAspectos Generales

Artículo 6.– Finalidad del Proceso

Artículo 6-A.– Ámbitos del Proceso Especial

Artículo 6-B.– Grave Afectación al Interés Público e Improcedencia de Mecanismos de Negociación y Conciliación, Desistimiento o Abandono

Artículo 7.– Competencia de los Órganos Jurisdiccionales

Artículo 8.– Modalidades y Tipos de Violencia

Artículo 9.– Reserva de Identidad, Datos e Información

Subcapítulo IIMedios Probatorios

Artículo 10.– Medios Probatorios para el Ámbito de Tutela Especial y de Sanción

Artículo 11.– Declaración Única

Artículo 12.– Declaración de la Víctima

Artículo 13.– Certificados o Informes sobre el Estado de la Salud Física y Mental de la Víctima

Capítulo IIPresentación de Denuncias

Artículo 14.– Entidades Facultadas para Recibir las Denuncias

Artículo 15.– Denuncias por Profesionales de la Salud, de Educación u otros

Artículo 16.– Actuación con Mínimo Formalismo

Artículo 17.– Derecho al Acceso a la Justicia de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo 18.– Responsabilidad y Llenado de las Fichas de Valoración del Riesgo

Artículo 19.– Medios Probatorios en la Presentación de Denuncias

Artículo 20.– Condiciones Especiales para la Recepción de la Denuncia

Artículo 21.– Facultades de la Fiscalía de Familia

Subcapítulo IProcedimiento de la Policía Nacional del Perú

Artículo 22.– Conocimiento de los Hechos por la Policía Nacional del Perú

Artículo 23.– Dirección de la Investigación Penal por el Ministerio Público

Artículo 24.– Contenido del Informe Policial

Artículo 25.– Continuidad de la Investigación Policial

Artículo 26.– Actuación de la Policía Nacional del Perú en Caso de Flagrancia

Subcapítulo IIProcedimiento del Ministerio Público

Artículo 27.– Función del Ministerio Público

Artículo 28.– Actuación del Ministerio Público ante Recepción de una Denuncia

Capítulo IIIÁmbito de Tutela Especial

Subcapítulo IProcedimiento en el Poder Judicial

Artículo 29.– Recepción de las Denuncias Derivadas de Entidades

Artículo 30.– Recepción de Denuncias de Forma Directa

Artículo 31.– Informe de la Denuncia al Ministerio Público

Artículo 32.– Prohibición de Archivamiento por Inasistencia de la Víctima

Artículo 33.– Equipo Multidisciplinario del Juzgado de Familia

Artículo 34.– Medios Probatorios Ofrecidos por las Partes

Subcapítulo IIMedidas de Protección y Cautelares

Artículo 35.– Convocatoria a la Audiencia

Artículo 36.– Realización de la Audiencia

Artículo 37.– Resolución Final y su Comunicación para la Ejecución

Artículo 38.– Extensión de las Medidas de Protección

Artículo 39.– Actuación de Instituciones Estatales en Caso de Situación de Riesgo o Desprotección de Niñas, Niños o Adolescentes

Artículo 40.– Medidas Cautelares

Artículo 41.– Variación de las Medidas de Protección o Cautelares

Artículo 42.– Apelación de las Medidas de Protección o Medidas Cautelares

Artículo 43.– Trámite de la Apelación

Artículo 44.– Asistencia Jurídica y Defensa Pública en Apelaciones

Subcapítulo IIIEjecución de las Medidas de Protección

Artículo 45.– Ejecución de las Medidas de Protección

Artículo 45-A.– Supervisión de las Medidas de Protección

Artículo 46.– Registro de Víctimas con Medidas de Protección

Artículo 47.– Acciones Policiales para la Ejecución de las Medidas de Protección

Subcapítulo IVRemisión del Expediente

Artículo 48.– Remisión de los Actuados a la Fiscalía Provincial Penal o al Juzgado de Paz Letrado

Artículo 49.– Tramitación de la Fiscalía Penal o Mixta y el Juzgado de Paz Letrado

Artículo 50.– Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes

Capítulo IVÁmbito de Sanción

Subcapítulo IEtapa de Sanción

Artículo 51.– Normas Aplicables

Artículo 52.– Actuación de la Fiscalía de Familia, Provincial Penal o Mixta

Artículo 53.– Informe al Juzgado de Familia

Artículo 54.– Sentencias Expedidas en el Proceso Penal

Artículo 55.– Reglas de Conducta

Artículo 56.– Incumplimiento de las Medidas de Protección

Capítulo VProcedimientos Especiales en Caso de Violación Sexual

Artículo 57.– Actuación de las Instituciones ante Casos de Violación Sexual

Artículo 58.– Examen Médico en Casos de Violación Sexual

Artículo 59.– Recursos para Atención de Casos de Violación Sexual

Artículo 60.– Preservación de las Pruebas

Artículo 61.– Lineamientos Especiales

Artículo 62.– Retractación y no Persistencia de Declaración Incriminatoria

Artículo 63.– Aplicación para otras Manifestaciones de Violencia

Capítulo VIJusticia en las Zonas Rurales

Artículo 64.– Alcance y Ámbito

Artículo 65.– Intervención Supletoria del Juzgado de Paz

Artículo 66.– Medidas de Protección

Artículo 67.– Denuncia ante el Juzgado de Paz Letrado y ante los Juzgados de Paz

Artículo 68.– Intervención Supletoria en la Ejecución de las Medidas de Protección y Sanciones

Artículo 69.– Intervención de las Autoridades de la Jurisdicción Especial

Capítulo VIIAsistencia Jurídica y Defensa Pública

Artículo 70.– Asistencia Jurídica y Defensa Pública

Artículo 71.– Información sobre Servicios de Asistencia Gratuita

Artículo 72.– Coordinación Interinstitucional

Artículo 73.– Servicios de Asistencia Jurídica Gratuita de los Colegios de Abogados

Capítulo VIIIÓrganos de Apoyo al Sistema de Justicia

Artículo 74.– Centro Emergencia Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Artículo 75.– Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público

Artículo 76.– Establecimientos de Salud del Estado

Artículo 77.– Unidad de Protección Especial

Título IIIPrevención y Atención de la Violencia y Recuperación de las Víctimas

Capítulo IPrevención y Atención

Artículo 78.– Lineamientos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Artículo 79.– Lineamientos del Ministerio de Salud

Artículo 80.– Lineamientos de las Direcciones y Gerencias Regionales de Salud

Artículo 81.– Atención en los Servicios de Salud

Artículo 82.– Lineamientos del Ministerio de Educación para la Prevención y Protección contra la Violencia

Capítulo IIDerechos Laborales

Artículo 83.– Prohibición de Despido por Causas Relacionadas a Actos de Violencia

Artículo 84.– Solicitud de Cambio de Lugar u Horario de Trabajo

Artículo 85.– Inasistencias y Tardanzas en Razón de Actos de Violencia

Artículo 86.– Servicios Sectoriales

Capítulo IIIHogares de Refugio Temporal

Artículo 87.– Creación, Gestión e Implementación de los Hogares de Refugio Temporal

Artículo 88.– Registro y Acreditación de los Hogares de Refugio Temporal

Artículo 88-A.– Requisitos para el Registro y Acreditación de los Hogares de Refugio Temporal

Artículo 88-B.– Ambientes e Infraestructura de los Hogares de Refugio Temporal

Artículo 88-C.– Personal de los Hogares de Refugio Temporal

Artículo 88-D.– Confidencialidad del Registro de Hogares de Refugio Temporal

Artículo 89.– El Deber de Confidencialidad

Artículo 90.– Entidades Facultadas para la Derivación de las Víctimas

Artículo 91.– Afiliación de las Personas Albergadas en los Hogares de Refugio Temporal al Seguro Integral de Salud

Artículo 92.– Alianzas Estratégicas con Instituciones Públicas o Privadas para las Víctimas Albergadas en un Hogar de Refugio Temporal

Artículo 93.– Aplicación de la Ley Nº 28236 “ley que Crea Hogares de Refugio Temporal para las Víctimas de Violencia Familiar”

Capítulo IVReeducación de las Personas Agresoras

Artículo 94.– Creación y Gestión del Servicio y Programas

Artículo 95.– Programas y Servicios de Reeducación

Artículo 96.– Instituciones Involucradas en los Servicios de Reeducación

Título IVSistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar

Capítulo IDel Sistema Nacional

Artículo 97.– Definición

Artículo 98.– Objetivos del Sistema

Artículo 99.– Principios Aplicables

Capítulo IIComponentes del Sistema

Artículo 100.– Componentes del Sistema

Artículo 101.– Comisión Multisectorial de Alto Nivel

Artículo 102.– Designación de Representantes Alternas y Alternos de la Comisión Multisectorial

Artículo 103.– Instalación

Artículo 104.– Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel

Artículo 105.– Instancia Regional de Concertación

Artículo 106.– Funciones de la Instancia Regional de Concertación

Artículo 107.– Instancia Provincial de Concertación

Artículo 108.– Funciones de la Instancia Provincial de Concertación

Artículo 109.– Instancia Distrital de Concertación

Artículo 110.– Funciones de la Instancia Distrital de Concertación

Capítulo IIIInstrumentos y Mecanismos del Sistema

Artículo 111.– El Protocolo Base de Actuación Conjunta

Artículo 112.– Ámbitos de Actuación

Artículo 113.– Instrumentos Normativos Complementarios

Artículo 114.– Registro Único de Víctimas y Personas Agresoras

Artículo 115.– Acceso a la Información del Registro Único de Víctimas y Personas Agresoras

Artículo 116.– El Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar

Artículo 117.– Funciones del Observatorio

Artículo 118.– Composición del Observatorio

Artículo 119.– Dirección Ejecutiva del Centro de Altos Estudios

Artículo 120.– Comité Ejecutivo del Centro de Altos Estudios

Artículo 121.– Formación del Comité Consultivo

Artículo 122.– Organización y Función del Centro de Altos Estudios

Capítulo IVMedios de Comunicación

Artículo 123.– Acceso la Franja Educativa

Artículo 124.– Obligaciones de los Medios de Comunicación en Relación con Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo 125.– Obligaciones de los Medios de Comunicación en Relación con las Víctimas

Disposiciones Complementarias Finales

Primera.– Directorios de Asistencia Legal y Defensa Pública

Segunda.– Normatividad Institucional Complementaria

Tercera.– Difusión de la Ley y Reglamento

Cuarta.– Referencia a Juzgados, Salas y Fiscalías de Familia

Quinta.– Referencia al Ámbito de Tutela y Sanción

Sexta.– Emisión del Código Único de Registro

Séptima.– Atención Subsidiaria a las Víctimas de Violencia

Octava.– Remisión de Información al Observatorio Nacional de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar

Novena.– Sobre Comunicaciones Malintencionadas

Décima.– Implementación y Habilitación de la Plataforma Digital Única de Denuncias de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar

Disposiciones Complementarias Transitorias

Primera.– Parámetros Médicos Legales del Instituto de Medicina Legal

Segunda.– Instructivo de la Policía Nacional del Perú

Tercera.– Fortalecimiento de Servicios

Anexos

Los anexos de esta norma todavía no están en SPIJ IDx. Consúltalos en el SPIJ.